top of page
Image by Muzammil Soorma

Representación compasiva

CB Inmigración:
Su socio de confianza en derecho de inmigración

En CB Immigration Law, entendemos que su confianza en nuestra firma es primordial y estamos dedicados a brindarle apoyo inquebrantable durante su viaje de inmigración. Reconocemos la naturaleza intrincada de las leyes de inmigración y los desafíos que plantean. El proceso de inmigración puede ser complejo, desafiante y engorroso. Nuestro equipo experimentado está aquí para guiarlo a través de las complejidades del proceso de inmigración con experiencia y dedicación, garantizando su tranquilidad en cada paso del camino.

INMIGRACIÓN FAMILIAR

¿Qué es la inmigración basada en la familia?

La inmigración basada en la familia, también conocida como reunificación familiar o patrocinio familiar, es una categoría de inmigración que permite a los ciudadanos estadounidenses y a los residentes permanentes legales (titulares de la tarjeta verde) patrocinar a ciertos miembros de la familia para que inmigren a los Estados Unidos.

¿Cuál es el propósito principal de la inmigración basada en la familia?

El objetivo principal de la inmigración basada en la familia es facilitar la reunificación de familias al permitir que parientes elegibles se reúnan con sus familiares ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes en los Estados Unidos.

¿Cómo se reúnen las familias?

Los ciudadanos estadounidenses y los residentes permanentes legales pueden patrocinar a ciertos miembros de su familia para que inmigren a los Estados Unidos. Los familiares elegibles pueden incluir cónyuges, hijos, padres y hermanos, según el estado migratorio del patrocinador y la categoría específica de inmigración familiar.

¿Cuáles son las categorías de inmigración basada en la familia?

La inmigración basada en la familia se divide en categorías de preferencia según la relación entre el patrocinador y el inmigrante previsto, así como el estatus migratorio del patrocinador.

Familiares inmediatos

Cónyuges, hijos solteros menores de 21 años y padres de ciudadanos estadounidenses. No hay límites numéricos en la cantidad de visas disponibles en esta categoría.

Categorías de preferencia familiar

Incluye hijos e hijas solteros de ciudadanos estadounidenses, cónyuges e hijos solteros de residentes permanentes legales, hijos e hijas casados de ciudadanos estadounidenses y hermanos de ciudadanos estadounidenses. Las visas en estas categorías están sujetas a límites numéricos y pueden tener períodos de espera.

¿Qué implica el proceso de inmigración basada en la familia?

El proceso de inmigración para la inmigración basada en la familia generalmente implica que el patrocinador presente una petición en nombre del futuro inmigrante ante los Servicios de Inmigración y Ciudadanía de los Estados Unidos (USCIS). Una vez que se aprueba la petición, el inmigrante potencial puede solicitar una visa de inmigrante a través del procesamiento consular si se encuentra fuera de los Estados Unidos, o un ajuste de estatus si ya se encuentra en los Estados Unidos.

¿Se requiere que los inmigrantes tengan un patrocinador?

Los patrocinadores de inmigrantes familiares deben demostrar su capacidad para apoyar financieramente a los inmigrantes potenciales y evitar que se conviertan en cargas públicas. Por lo general, esto se hace presentando una Declaración jurada de apoyo (formulario I-864) junto con la petición de inmigración.

¿Se me permitirá residir permanentemente en los Estados Unidos?

Los inmigrantes de base familiar a quienes se les conceden visas de inmigrante o ajustan su estatus a residencia permanente legal son elegibles para vivir y trabajar permanentemente en los Estados Unidos.

¿Podré obtener la ciudadanía?

Después de un cierto período de tiempo, también pueden ser elegibles para solicitar la ciudadanía estadounidense mediante naturalización, siempre que cumplan con los criterios de elegibilidad.

Ciudadanía

Conectando fronteras, construyendo futuros:

Su viaje de inmigración comienza aquí

SE REQUIEREN CITAS 

4015 Travis Drive, Suite 212,

Nashville, Tennessee 37211

Correo electrónico:  info@cbimmigrationlaw.com

Teléfono:  615.899.2866

  • Instagram
  • Facebook
  • Twitter
  • LinkedIn
  • YouTube
  • TikTok
bottom of page